El informe de los doctores para obtener la incapacidad del Seguro Social

El informe de los médicos para solicitar el Seguro Social por Incapacidad.

Las declaraciones de las fuentes médicas permiten que sus doctores le proporcionen al Seguro Social información detallada sobre cuáles son sus limitaciones funcionales que le impiden trabajar.  Con un informe de su doctor, usted puede aumentar dramáticamente la posibilidad de que le aprueben su solicitud de incapacidad. Típicamente, enviar las notas de progreso de sus doctores no es suficiente para que le aprueben el caso ya que, algunas veces, los doctores no indican cuáles son sus limitaciones o simplemente escriben de manera ilegible.  Nuestros abogados le pueden facilitar estos informes para que su médico se lo pueda llenar propiamente.  Debido a que hay muchas variantes y excepciones, siempre recomendamos que consulte todo esto con los abogados de seguro social llamando hoy mismo al 787-344-9219 para tener una consulta gratis y confidencial en Puerto Rico.

Como dicen repetidamente los abogados de seguro social, aunque las reclamaciones por incapacidad toman en cuenta su récord médico, también se requieren pruebas médicas recientes. Y una de las piezas más poderosas de la evidencia médica es una declaración de la fuente médica completada por el médico tratante del reclamante. En ese informe, su médico detalla el historial de su tratamiento médico y proporciona una declaración sobre el pronóstico de un paciente y sus limitaciones funcionales actuales.

Como este sitio web también indica, la mayoría de las reclamaciones de incapacidad se deciden a través de un proceso de evaluación secuencial de 5 pasos en el que el actual nivel de limitaciones funcionales del demandante (conocido como su capacidad funcional residual o RFC) se compara con los requisitos de sus empleos anteriores en aras de: (A) determinar si pueden volver a su trabajo anterior; y (B) determinar, junto con otros factores vocacionales, como su edad, habilidades laborales y educación, si tiene la capacidad de realizar algún otro tipo de trabajo más sencillo aunque nunca lo haya hecho antes.

En el sistema de incapacidad del Seguro Social, un mero diagnóstico de una condición puede significar relativamente poco. En la mayoría de los casos, el resultado de un caso a cualquier nivel (solicitud inicial, reconsideración, audiencia ante un juez) dependerá de cómo le afecte y limite la condición y su capacidad para participar en la actividad laboral, es decir, su capacidad funcional. Su capacidad residual usualmente puede medirse por una declaración de su médico.  Debe tomar en consideración que el Seguro Social no le paga al doctor por llenar el informe y que ello es típicamente responsabilidad del paciente.

 ¿Por qué las declaraciones de fuentes médicas son tan efectivas?

       Las declaraciones o informes de los médicos son efectivos porque en ellas su médico tratante indica sus limitaciones funcionales, lo cual no surge usualmente en los récords médicos.

De hecho, es bastante raro que un médico, después de ver a un paciente, haga alguna referencia en sus notas de progreso sobre cómo su paciente está funcionalmente afectado por su condición médica. Sin embargo, este es el tipo de información que busca el Seguro Social para tomar decisiones.

Y cuando esta información específica no se encuentra en los expedientes médicos del reclamante, entonces te envían a un examinador de incapacidad y a un consultor médico (un médico que está empleado por el Seguro Social). No obstante, este médico típicamente te atiende por menos de 10 minutos y rara vez describe con certeza cuáles son las limitaciones que tiene el paciente. Este tampoco recibe de antemano sus récords médicos para compararlo con sus alegaciones. Con ese informe breve y poco certero, entonces el Seguro Social determina si está usted incapacitado o no.

A los ojos de cualquiera, una opinión obtenida de su propio médico que realmente lo ha visto y tratado tendría considerablemente más validez. A pesar de esto, el Seguro Social no siempre intenta obtener declaraciones de fuentes médicas de los reclamantes. Por lo tanto, los reclamantes que deseen tener en cuenta las opiniones escritas de sus médicos en cuanto a sus limitaciones funcionales deben obtener tales declaraciones ellos mismos. Desafortunadamente, algunos médicos, que no entienden bien cómo funciona el sistema de discapacidad, simplemente suministran una breve nota indicando que su paciente está incapacitado y no puede trabajar, sin mencionar las limitaciones funcionales.  Sin embargo, este tipo de declaración del médico es prácticamente inútil y casi siempre descartada por el Seguro Social. Por ello, le recomendamos que consulte con un abogado y que utilice los informes que nosotros le podemos proveer.

Si usted entiende que está incapacitado y no puede trabajar a causa de una condición médica, llame al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com

Recuerde que nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social y/o con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información.

Incapacidad del Seguro Social por COPD y problemas respiratorios

Seguro social por incapacidad COPD¿Me puedo incapacitar por Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (COPD)?

      Frecuentemente, a los Abogados de Seguro Social le preguntan si el Seguro Social (SS) lo puede incapacitar por tener COPD, una enfermedad pulmonar obstructiva. COPD es un término general usado para describir las enfermedades pulmonares progresivas incluyendo la enfisema, la bronquitis crónica, el asma refractaria (no reversible), y algunas formas de bronquiectasias. Esta enfermedad se caracteriza por un aumento en los problemas de respiración que dan la sensación de quedarse sin aire.

      Muchas personas confunden la falta de oxígeno y la tos como una parte normal del envejecimiento. En las primeras etapas de la enfermedad, puede que no note los síntomas. La COPD puede desarrollar durante años sin dificultad notable de la respiración. Se empieza a ver los síntomas en las etapas de mayor desarrollo de la enfermedad. Por eso es importante que hable con su médico tan pronto como usted nota cualquiera de estos síntomas.

     En este artículo le indicamos abajo algunos de los requisitos generales para incapacitarse por esa condición especifica. Debido a que pueden haber variantes y excepciones a esa condición médica, recomendamos que consulte su caso y condición con los abogados de seguro social llamando hoy mismo al 787-344-9219 para tener una consulta gratis y confidencial.

¿Cómo cualificar para Incapacidad por COPD?

         La Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (COPD) es una enfermedad respiratoria grave que afecta aproximadamente a 24 millones de personas en los Estados Unidos. Algunas de las personas que sufren de EPOC son incapaces de trabajar debido a las enfermedades secundarias y síntomas graves que pueden ser causados por la enfermedad. La enfermedad pulmonar obstructiva crónica es casi siempre una enfermedad a largo plazo y puede causar incapacidad permanente sin ninguna cura para la enfermedad. Debido a esto, las personas que sufren de la condición a menudo consideran solicitar los beneficios por incapacidad del Seguro Social. Si usted ha estado sufriendo de la EPOC o COPD y no puede de trabajar debido a los síntomas que han estado experimentando, la siguiente información puede ayudarle con su reclamación de discapacidad de Seguro Social.

La Enfermedad pulmonar obstructiva crónica – Condición y síntomas

    La Enfermedad Pulmonar Obstructiva es una enfermedad obstructiva crónica de las vías respiratorias y del flujo de aire. La COPD es más frecuentemente causada por la exposición prolongada a irritantes de los pulmones. El tabaco es una de las principales causas de la COPD, aunque la contaminación del aire y la exposición prolongada a productos químicos también pueden contribuir a la enfermedad.

      Cuando una persona sufre de COPD, las vías aéreas de los pulmones comienzan a perder su elasticidad. Este síntoma empeora con el tiempo. Los sacos de aire en los pulmones también se destruyen. Según avanza la condición, la mucosa se empieza a formar y obstruye las vías respiratorias. Debido a que la cantidad de oxígeno absorbido por los pulmones se reduce debido al desarrollo de la condición, la COPD también puede tener un impacto significativo en la salud del corazón.

     Hay dos condiciones secundarias que las personas que viven con COPD sufren a menudo, estas son, el enfisema y la bronquitis crónica. La mayoría de los pacientes con COPD sufren de estas dos condiciones. Los individuos que sufren de enfisema comienzan a experimentar un daño significativo a los alvéolos de los pulmones. Esto hace que sea difícil para el cuerpo cambiar de oxígeno y monóxido de carbono. Los que sufren de bronquitis crónica comienzan a desarrollar la inflamación de las vías respiratorias. Esto da lugar a un exceso de producción de moco y puede hacer que sea muy difícil respirar. Los síntomas por sí solos no serán suficientes para diagnosticar su condición, sin embargo. Para el diagnóstico de la COPD, su médico tiene que ordenar una variedad de pruebas, incluyendo pruebas de función pulmonar y rayos X, así como exámenes físicos.

      Actualmente no existe cura para la enfermedad pulmonar obstructiva crónica. El tratamiento, sin embargo, está disponible para desacelerar la progresión de la enfermedad. Las opciones de tratamiento incluyen tratamientos para dejar de fumar, vacunas contra las infecciones respiratorias, la rehabilitación respiratoria y medicamentos anti-inflamatorios. La terapia de oxígeno a largo plazo y los inhaladores también se utilizan para tratar a los pacientes con COPD. En casos extremos, se pueden considerar los trasplantes de pulmón.

La Incapacidad del Seguro Social con Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica

      Cuando la Administración de Seguro Social (SS) analiza una solicitud de incapacidad hacen referencia a un “Libro Azul” que contiene una lista de deficiencias que han sido definidos por la SS. El SS no tiene una lista específica para la COPD en su lista de impedimentos. La condición de la COPD, sin embargo, cae bajo la Sección 3.0 de la lista de deterioro del Seguro Social, que cubre enfermedades respiratorias. De acuerdo con el SS, la condición de la enfermedad pulmonar obstructiva crónica se clasifica como una enfermedad obstructiva de las vías respiratorias.

      Cuando solicite los beneficios de incapacidad del Seguro Social en base a una reclamación de COPD tendrá que probar que la condición es lo suficientemente grave como para evitar que realice un trabajo sustancial y lucrativo. Esto se puede hacer proporcionando récords médicos detallados además de proveer su historial laboral. Asegúrese de que su médico documente todos los síntomas que está sufriendo, así como la gravedad de cada síntoma. Esto hará que sea más fácil para que el abogado pueda probar su caso de Incapacidad ante el Seguro Social.

La Enfermedad pulmonar obstructiva crónica y su caso de incapacidad del Seguro Social

       Al revisar su solicitud de Incapacidad del Seguro Social, dicha agencia va a evaluar cómo su condición limita su capacidad de trabajo, la cantidad de tratamiento que ha tenido y cómo ha respondido a dicho tratamiento. Es importante proveer suficiente evidencia méidca para apoyar su reclamo de Incapacidad. Sus récords médicos deben incluir todos los tratamientos que ha probado y qué efecto, si lo hay, estos tratamientos han tenido sobre su condición y síntomas.

        Si no hay suficiente evidencia disponible sobre su condición de COPD, el SS puede requerir que vaya a un examen consultivo antes de tomar una decisión respecto a su solicitud de Incapacidad del Seguro Social. Este examen no está diseñado para tratar su condición de COPD. El único propósito de este examen es determinar la gravedad de su enfermedad y para evaluar cómo el caso de la EPOC afecta a su capacidad para trabajar.

       Es común que a un paciente que sufre de COPD se le niegue los beneficios por discapacidad en la etapa inicial del proceso de solicitud de Incapacidad del Seguro Social. Típicamente, sólo un 10 por ciento de las aplicaciones son aprobados en esta etapa del proceso. Es posible que desee considerar la contratación de un abogado de incapacidad para que lo represente en su esfuerzo por obtener los beneficios por incapacidad. Sus posibilidades de éxito para la incapacidad de Seguridad Social son estadísticamente mucho mayor con representación legal adecuada.

       Si usted entiende que está incapacitado y no puede trabajar a causa de artritis – o cualquier otra condición médica documentada, llame al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com

      Recuerde que nada de lo anterior debe ser considerado como un consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social y con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información.

La incapacidad del Seguro Social por problemas de los riñones

abogado seguro social problemas de rinones

La incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico por problemas de los riñones

 Frecuentemente, al abogado de seguro social en Puerto Rico le preguntan si el Seguro Social lo puede incapacitar por tener problemas renales, fallos renales o problemas en los riñones. Por ello, aquí le indicamos abajo los requisitos específicos del Seguro Social para incapacitarse por esas condiciones específicas. Debido a que hay muchas variantes y excepciones, recomendamos que consulte esto con los abogados de seguro social llamando al 787-344-9219 para tener una consulta gratis y confidencial.

¿Cómo evalúa el Seguro Social las enfermedades renales?

        El Seguro Social evalúa la insuficiencia renal en virtud de sus listados de incapacidad para impedimentos “genitourinarias”. Estos listados permiten que se concedan los beneficios por incapacidad en los casos en que cualquiera de los siguientes factores está presente:

  • la necesidad de diálisis regular;
  • realización de un trasplante de riñón;
  • reducida filtración glomerular combinada con síntomas de daño;
  • síndrome nefrótico;
  • complicaciones graves de la enfermedad renal.

           Discutiremos estas situaciones más abajo en esta página. Si usted no tiene ninguno de los problemas anteriores, pero todavía no puede trabajar debido a una insuficiencia renal, aún podría obtener los beneficios por incapacidad si usted puede demostrarle al Seguro Social que su condición le causan limitaciones que le impidan trabajar. Primero, vamos a ver los listados oficiales de discapacidad del Seguro Social por la insuficiencia renal.

Enfermedad Renal Crónica

           Los listados 6.03. 6.04, 6.05 cubren la incapacidad debido a una mala función renal causada por alguna enfermedad crónica, si uno de los siguientes factores está presente:

  • diálisis peritoneal continua (un método de hemodiálisis que consiste en dializar solución que se pone en y se retira de la cavidad peritoneal intermitente o continua);
  • hemodiálisis continua (la eliminación de toxinas de la sangre con una máquina de riñón artificial);
  • el trasplante de riñón; o
  • reducción de filtración glomerular.

           La reducción de filtración glomerular se puede demostrar por la persistencia de altos niveles de creatinina sérica (un producto natural del metabolismo muscular), niveles bajos de aclaramiento de creatinina, o una tasa de filtración glomerular estimada bajo (EGFR). Para demostrar una reducida filtración glomerular, también debe demostrar que usted sufre de uno de los siguientes síntomas:

  • la degradación ósea renal y dolor en los huesos;
  • neuropatía periférica (incapacidad para filtrar las sustancias tóxicas de la sangre);
  • El síndrome de sobrecarga de líquidos a pesar de tomar la medicación, documentado por la hipertensión diastólica, signos de congestión vascular o anasarca (edema masivo o hinchazón), o la anorexia con pérdida de peso y el IMC de 18,0 o menos.

Síndrome Nefrótico

           El Listado 6,06 cubre un grupo de enfermedades renales que se evidencia por el exceso de proteínas en la orina (proteinuria) y la hinchazón (edema) de diferentes niveles. Albúmina sérica baja (hipoalbuminemia) y la hiperlipidemia (colesterol alto) también a veces están presentes. Para que le concedan los beneficios por incapacidad, una persona debe tener un edema extremo durante al menos tres meses y además tener:

  • bajos niveles de albúmina sérica, ya sea con niveles moderadamente altos de proteína en la orina o una proteína-to-creatina total de relación de 3,5 o mayor; o
  • niveles muy altos de proteína en la orina.

Las complicaciones de la enfermedad renal crónica

           Si usted tiene una enfermedad renal, pero no cumple con uno de los listados anteriormente, usted todavía podría obtener beneficios por incapacidad si usted ha experimentado complicaciones graves durante el último año. Por ejemplo, algunas personas con enfermedad renal sufren de insuficiencia cardíaca congestiva, ictus, crisis hipertensiva, o insuficiencia renal aguda que requiere hemodiálisis. Si usted fue hospitalizado al menos tres veces por este tipo de complicaciones (por lo menos 30 días de diferencia) durante el plazo de un año, usted podría cualificar bajo esta lista (listado 6,06).

Evidencia médica requerida

           ¿Qué tipo de pruebas requiere el Seguro Social para determinar si una persona tiene una incapacidad por la enfermedad renal crónica? La agencia necesita un historial médico longitudinal que incluya un récord de todas las hospitalizaciones, notas de tratamiento médico de su doctor, y las pruebas de laboratorio que documentan la enfermedad renal progresiva. Además, debe tener evidencia clínica o de laboratorio que demuestre un deterioro de la función renal. Un ejemplo de esto podría ser hallazgos de laboratorio que muestran una elevación de la creatinina sérica o proteinuria.

           Además, el Seguro Social le gusta tener las observaciones clínicas y notas de tratamiento más reciente. Los hallazgos de laboratorio deben haber sido obtenidos en más de una ocasión durante un período de tres meses.

           Si una persona está sufriendo de diálisis, debe haber hallazgos de laboratorio que documentan la función renal antes del inicio de la diálisis, y la declaración de un médico en cuanto a la necesidad de diálisis permanente.

           Si una persona ha sido diagnosticada con el síndrome nefrótico, el historial clínico debe mostrar el grado de edema, incluyendo presacra, peritibial y edema periorbital. Además, la evidencia médica debe describir cualquier caso de ascitis, derrame pericárdico o derrame pleural. Por último, los récords deben incluir los niveles de albúmina y de suero proteinuria.

           Por último, si se ha hecho una biopsia renal, la evidencia médica debe incluir el informe del examen microscópico. Si el informe de examen microscópico real no está disponible, el Seguro Social aceptará una declaración de un médico indicando que una biopsia se realizó y una descripción de los resultados.

Beneficios para los reclamantes con un trasplante de riñón

           Usualmente, un trasplante de riñón le causa a un individuo una incapacidad de forma automática de por lo menos 12 meses. Después de que el primer año, el Seguro Social evaluará la elegibilidad de discapacidad permanente sobre las deficiencias residuales de un individuo. Cuando el Seguro Social determina si un individuo ha tenido una mejoría médica post-trasplante, la agencia tendrá en cuenta cosas como episodios renales rechazo, la frecuencia de la infección renal, efecto secundario de los inmunosupresores y tratamiento corticosteroide, otras infecciones sistémicas, neuropatía, o otro tipo de deterioro del sistema de órganos. El Seguro Social también puede considerar el hecho de que una persona tiene una ausencia de síntomas, signos o hallazgos de laboratorio que son indicativos de insuficiencia renal al hacer una determinación mejoría médica.

           Si usted entiende que está incapacitado y no puede trabajar a causa de una de esta condición coronaria – o cualquier otra condición médica, llame al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com Nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social y/o con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información.

Incapacidad por Dolor en las Articulaciones

dolor en las articulaciones abogado seguro social

¿Me puedo incapacitar por dolores en las coyunturas?

La incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico por dolores severos en las coyunturas – preguntas al abogado de Seguro Social

    Muchas veces a los abogados de seguro social le preguntan si una persona se puede incapacitar por tener problemas y dolores en las coyunturas. Aunque es posible cualificar para la incapacidad del Seguro Social debido a un dolor crónico de las articulaciones, es extremadamente difícil probárselo al Seguro Social y que este le conceda los beneficios. Por ello, aquí en este artículo le damos algunos ejemplos generales de la evidencia médica que considera el Seguro Social para evaluar esta condición. Debido a que hay muchas variantes de esta condición, recomendamos que consulte su situación con los abogados del seguro social al 787-344-9219 para una consulta gratis y totalmente confidencial.

     El dolor en las coyunturas o articulaciones es muy común. Casi una tercera parte de los adultos en Puerto Rico sufren de dolor en las articulaciones en algún momento de sus vidas. Los lugares típicos en donde da dolor articular incluye las rodillas, los hombros, el cuello, las caderas, los codos, las muñecas y los tobillos. La severidad del dolor en las articulaciones varía desde dolor leve a inmovilización por el dolor, y puede durar un par de semanas (aguda) o durante meses o años (crónica). Debido a que usted utiliza sus articulaciones (el lugar donde se unen dos huesos) cada vez que se mueve cualquier parte de su cuerpo, dolor severo en las articulaciones puede ser muy incapacitante.

     El dolor en las articulaciones tiene muchas causas, incluyendo lesiones, inflamación, la edad, la infección y hasta el cáncer. Los diagnósticos médicos asociados con dolor en las articulaciones incluyen la osteoporosis, la artritis, la fibromialgia, bursitis, lupus, y la gota.

 ¿Puedo obtener Incapacidad del Seguro Social para el dolor intenso en las articulaciones?

 Aunque es posible cualificar para el Seguro Social por Incapacidad como resultado de su dolor articular crónico, es extremadamente difícil.

 Para tener derecho a beneficios por incapacidad, primero debe mostrar la Administración del Seguro Social que usted no está haciendo trabajo sustancial y que tiene un grave deterioro “médicamente determinable” que va a durar por un período continuo de no menos de un año. Con el fin de obtener beneficios por incapacidad por dolor en las articulaciones, por lo tanto, debe buscar primero un diagnóstico y tratamiento por parte de los profesionales médicos y establecer que usted tiene una incapacidad permanente. En otras palabras, si usted solicita la discapacidad a causa de un fuerte dolor en una articulación, usted no será considerado para recibir beneficios a menos que tenga los rayos X, resonancias magnéticas, MRI, o pruebas de laboratorio que muestran que usted tiene un impedimento físico que razonablemente podría esperarse que producir sus síntomas.

           Si usted ha cumplido con estos requisitos iniciales, el Seguro Social evaluará si su impedimento cualifica para los beneficios por incapacidad. Usted puede tener derecho a beneficios por incapacidad en una de dos maneras: (1) al demostrar que su impedimento cumple o iguala los requisitos establecidos en el libro azul del Seguro Social, (la lista de impedimentos que califican automáticamente para los beneficios); o (2) al demostrar que su deterioro provoca limitaciones físicas y/o mentales que le impiden trabajar a tiempo completo.

     El Dolor en las articulaciones es muy común; tantos como una tercera parte de los adultos sufren de dolor en las articulaciones en cualquier momento dado. Lugares típicos para el dolor articular incluyen las rodillas, los hombros, el cuello, las caderas, los codos, las muñecas y los tobillos. La severidad del dolor articular varía desde dolor leve a inmovilizar el dolor, y puede durar un par de semanas (aguda) o durante meses o años (crónica). Debido a que usted utiliza sus articulaciones (el lugar donde se unen dos huesos) cada vez que se mueve cualquier parte de su cuerpo, dolor severo en las articulaciones puede ser muy incapacitante.

¿Cómo el dolor en las articulaciones pueden quedar amparadas por una lista de la Libreta Azul?

           Para cualificar para incapacidad por la disfunción de la articulación, el dolor en las articulaciones debe estar asociado a una deformidad en la articulación. Con el fin de cumplir con este perfil, imágenes médicas (por ejemplo, un MRI o una resonancia magnética) debe demostrar el estrechamiento del espacio articular, anquilosis (cuando las articulaciones se fusionan), o la destrucción de los huesos. También debe tener un historial de dolor en las articulaciones y rigidez y pérdida de movimiento en la articulación.

           Si la deformidad es en la cadera, la rodilla o el tobillo, debe hacer que usted no puede caminar lo suficientemente bien como para llevar a cabo las actividades normales de la vida diaria. Una incapacidad para caminar suficientemente significa que necesita un andador, dos muletas o dos bastones; usted no puede usar el transporte público estándar; no se puede ir de compras o ejecutar otras diligencias sin la ayuda de alguien; o no se puede subir a un ritmo razonable aun con el uso de una ayuda.

           Si la deformidad es en el hombro, el codo, la muñeca o la mano, debe ser en ambos brazos, y debe hacerlo tan difícil utilizar sus manos con eficacia que necesita ayuda de otra persona para las actividades diarias, como preparar la comida, alimentar a ti mismo, el cuidado de la higiene personal, o la clasificación y manejo de documentos o archivos.

           Para acogerse a esta oferta, usted tendrá que asegurarse de que las notas de su médico incluyen exactamente cómo sus problemas en las articulaciones limitan usted (sus “limitaciones funcionales”), y que los registros contienen los resultados de las imágenes médicas apropiadas.

           El Listado azul del SS también incluye otros anuncios que se asocian con el dolor articular crónico, como por ejemplo:

  • artritis inflamatoria reumatoide;
  • lupus;
  • la osteoartritis de la columna vertebral; o
  • cirugía de cadera.

El Seguro Social por Incapacidad basado en su capacidad funcional residual

           Muchos diagnósticos asociados con dolor en las articulaciones no se consideran como automáticamente “incapacitante” por el Seguro Social. Por ejemplo, no hay listados de los siguientes problemas relacionados con las articulaciones específicas:

  • enfermedad articular degenerativa o artritis
  • fibromialgia
  • bursitis
  • problemas de cadera
  • problemas en el cuello
  • problemas en el hombro
  • Síndrome de Fatiga Crónica

           Si usted tiene uno de los diagnósticos anteriores, tendrás que demostrarle al Seguro Social que su capacidad de funcionamiento es tan limitada que no puede trabajar a tiempo completo. El SS determina si su deterioro le impide trabajar a tiempo completo mediante la realización de una evaluación de “capacidad funcional residual” o “RFC”. El RFC es una medida de su capacidad para trabajar después de tener en cuenta sus discapacidades físicas y mentales.

    En fin, si usted está incapacitado y no puede trabajar a causa de una de estas condiciones médicas, las cuales ya hayan sido diagnosticada por un doctor, llame al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com para más información.

 Nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social o con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información.

Incapacidad del Seguro Social por pérdida de audición

abogado de seguro social - perdida de audcion

¿Me puedo incapacitar por el Seguro Social en Puerto Rico por pérdida de audición? – preguntale al abogado de seguro social 

          Muchas veces a los abogados de seguro social le preguntan si una persona se puede incapacitar por pérdida de audición o por no escuchar bien. Por ello, más abajo en este artículo le damos la respuesta y los requisitos del Seguro Social para demostrar su incapacidad por pérdida de audición. Debido a que hay muchas variantes, condiciones y excepciones, recomendamos que consulte su situación con los abogados de seguro social llamando al 787-344-9219 para una consulta gratis y confidencial. A los abogados le paga directamente el Seguro Social solamente si le ayudan a ganar el caso.

           Los beneficios por incapacidad del Seguro Social están disponibles para la pérdida auditiva profunda o sordera, pero no para la pérdida de audición moderada o leve . La Administración del Seguro Social detalla cómo significativa la pérdida de audición debe ser para tener derecho a beneficios por incapacidad de SSDI o SSI.

Incapacidad para la pérdida de audición

           El Seguro Social tiene un listado especifico para conceder los beneficios de incapacidad para la pérdida de audición. Para tener derecho a beneficios por incapacidad para la pérdida auditiva (sin implantes), debe cumplir con cualquiera de las dos pruebas siguientes:

La audiometría. Su promedio de sensibilidad umbral de audición para la conducción de aire debe ser de 90 decibelios (dB) o peor en el mejor oído, y usted debe tener un umbral de audición por conducción ósea de 60 decibelios (dB) o peor en el mejor oído. Su pérdida de audición se debe calcular el promedio de su audición en las frecuencias de sonido de 500 hertz (Hz), 1000 Hz y 2000 Hz.

O

Prueba de reconocimiento de palabras. Usted no debe ser capaz de repetir más de un 40% de una lista de palabras estandarizadas que se hablan en una prueba de reconocimiento de palabras (que pone a prueba la discriminación del habla).

           Los exámenes de “tono puro”, la conducción ósea, y las pruebas de reconocimiento de palabras deben ser completadas por un otorrinolaringólogo (ORL), un médico con licencia, o un audiólogo trabajando bajo la supervisión de un otorrinolaringólogo o médico. Todas las pruebas se hace sin sus audífonos. El Seguro Social también lo puede enviar a un audiólogo para una prueba auditiva de respuesta (que mide las respuestas cerebrales a los tonos) para determinar si su audición es realmente tan mala como indican sus pruebas de audiometría de tonos.

Implantes cocleares

           Si usted tiene implantes cocleares en uno o ambos oídos, se le concede automáticamente los beneficios por incapacidad por un año después de la implantación (si su audiencia mejora dentro de los 12 meses). Después de un año, sus beneficios por incapacidad se prorrogarán por el tiempo que su reconocimiento de palabras en una “Prueba de Audición en Ruido” (“HINT”) es del 60 % o menos.

 Pérdida de audición que afecta su capacidad funcional

           Si la pérdida auditiva no cumple con el listado de incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico para la pérdida auditiva profunda, más arriba, usted todavía puede ser capaz de obtener la incapacidad si usted puede demostrar que no hay puestos de trabajo que puede hacer con su cantidad de la pérdida de audición.

           El Seguro Social por incapacidad considerará cómo su pérdida de audición afecta a su capacidad para comunicarse, seguir instrucciones y hacer varios trabajos. Después, le asignarán un “RFC”, que es sinónimo de la capacidad funcional residual, un tipo de calificación del tipo de trabajo que usted puede hacer. En su RFC, el Seguro Social incluirá las restricciones relacionadas con la pérdida de audición en el trabajo que puede hacer.

           Por ejemplo, si su promedio de sensibilidad umbral de audición es de 70 dB es su mejor oído, no se puede hacer un trabajo que requiere una buena audiencia y buen reconocimiento de palabras. Esto descarta el trabajo que requiere la comunicación con el público o por teléfono o radio, o trabajos que requieren la operación de maquinaria peligrosa. Sin embargo, el Seguro Social probablemente podría encontrar otros trabajos que podría hacer cuando la audición no es importante. Pero si usted no tiene las habilidades para el trabajo o la educación para hacer esos trabajos, es posible que pueda recibir beneficios de discapacidad basado en una “asignación médica profesional.” Esto es especialmente probable si usted es mayor de 55.

         Si usted está incapacitado y no puede trabajar a causa de una de estas condiciones o cualquier otra condición médica diagnosticada por un doctor, llame al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com No cobramos si no gana el caso.  También nos puede enviar un e-mail: segurosocialporincapacidad@gmail.com

     Nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social o con un abogado de seguro social que acepte representarlo para que le brinde más detalles y verifique la información. – seguro social abogado

Pagos del Seguro Social por Incapacidad

Abogado de seguro social pago

¿Cuánto dinero me toca si me aprueban el Seguro Social por incapacidad en Puerto Rico? – preguntas al abogado de Seguro Social.

El pago de incapacidad del Seguro Social depende de varios factores y no es igual para todas las personas que lo reclaman.  Si usted es elegible para los beneficios del Seguro Social por Incapacidad, la cantidad que recibe cada mes se basará en sus ganancias vitalicias promedio antes de que comenzara su incapacidad. El pago no se basa en la gravedad de su incapacidad o la cantidad de ingresos que tiene. Sin embargo, si usted está recibiendo pagos por incapacidad de otras fuentes, como veremos a continuación, su pago puede ser reducido. Para más detalles y para discutir la aplicabilidad y excepciones de estas condiciones, recomendamos que consulte su condición con los abogados de seguro social al 787-344-9219 para una consulta gratis y confidencial aquí mismo en Puerto Rico y no en Estados Unidos.

 ¿Cómo calcular su pago de Incapacidad del Seguro Social?

La cantidad de dinero que recibirá del Seguro Social mensualmente es única para cada individuo. Esto se debe al hecho de que la Administración del Seguro Social utiliza una fórmula compleja con el fin de calcular los beneficios para cada persona.

El Seguro Social basa sus beneficios de jubilación o incapacidad basado en la cantidad de ingresos sobre los cuales usted ha pagado impuestos de Seguro Social llamados “los ingresos.” Su promedio de los ingresos cubiertos durante un período de años se sabe tomando en cuenta el promedio de ganancias mensuales ajustadas (AIME). Una fórmula se aplica a su AIME para calcular el monto de su seguro primario (PIA), la base reguladora que el Seguro Socia utiliza para establecer la cantidad de su beneficio. La fórmula consiste en porcentajes fijos de diferentes cantidades de ingresos (llamados “puntos de inflexión”, que se ajustan cada año).

La mayoría de los beneficiarios de Seguro Social por Incapacidad reciben entre $300.00 y $ 2,200.00 El pago promedio de incapacidad en el 2014 es $1,148.00. El beneficio máximo de la incapacidad en el año 2014 es de $2,642.

Para ver todo el historial de los ingresos cubiertos, usted puede revisar su declaración anual del Seguro Social. Mientras que la Administración del Seguro Social ha dejado de enviar por correo los estados anuales del Seguro Social a muchas personas, usted puede comprobar su estado de cuenta en línea en www.ssa.gov/mystatement/. (Si desea introducir la información del sueldo a sí mismo en lugar de confiar en su registro de ganancias y cálculo de la Seguro Social de sus ganancias futuras, puede utilizar la calculadora en línea de beneficios de la SSA en www.socialsecurity.gov/planificadores/ benefitcalculators.htm) También puede llamar a su oficina local del Seguro Social y un representante será capaz de ayudarle a estimar cuáles serían sus beneficios por incapacidad.

Reducción de Su Pago del Seguro Social debido a otros pagos por incapacidad

Si usted recibe beneficios por incapacidad de un seguro de incapacidad privado, estos beneficios no afectarán sus beneficios del Seguro Social. Sin embargo, si usted recibe beneficios por incapacidad regulados por el gobierno, como los beneficios de compensación de trabajadores (el Fondo, en Puerto Rico) o beneficios estatales por discapacidad temporal, éstos pueden afectar sus beneficios del Seguro Social por Incapacidad de la siguiente manera. Usted no puede recibir más del 80% de la cantidad media que ganó antes de que se convirtió en deshabilitado para el Seguro Social y otros beneficios por incapacidad. Si lo hace, se reducirá su beneficio del Seguro Social por incapacidad.  Los beneficios de SSI en Estados Unidos (SSI no aplica en Puerto Rico) y de Veteranos no necesariamente reducirán sus beneficios de incapacidad del Seguro Social.  Tiene que tomar en cuenta que es el Seguro Social y no usted quien finalmente determina cuando fue que empezó su incapacidad.

El Pago retroactivo del Seguro Social en Puerto Rico

La cantidad que usted recibirá en pago retroactivo depende de su cantidad mensual de pago de incapacidad del Seguro Social. La cantidad de pagos atrasados o de retroactivo ​​que usted consigue serán determinados por su fecha de solicitud y la fecha establecida de inicio (cuando comenzó su incapacidad según la evidencia médica suministrada por sus doctores). Si previamente ha aplicado para beneficios por incapacidad, es posible que usted tal vez pueda obtener pagos atrasados ​​que se remonta a la fecha de solicitud original.

Si usted está incapacitado y no puede trabajar debido a una condición médica y ya dejó de trabajar, llame al 787-344-9219 para una consulta gratis con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com  Nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social o con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información.

 

Pagos del Seguro Social fuera de Estados Unidos

Abogado Seguro Social

Frecuentemente, a los abogados de seguro social en Puerto Rico le preguntan si la persona puede recibir los beneficios de retiro o incapacidad del Seguro Social si está fuera de los Estados Unidos de América.

Cuando el Seguro Social determina que se encuentra fuera de los Estados Unidos, éste entiende que no está en uno de los 50 estados, el Distrito de Columbia, Puerto Rico, las Islas Vírgenes de EE.UU., Guam, las Islas Marianas del Norte o Samoa Americana. Una vez que usted ha estado fuera de los Estados Unidos por lo menos 30 días seguidos, se le considera como fuera del país hasta que regrese y permanezca en los Estados Unidos por lo menos 30 días seguidos. Si usted no es un ciudadano de los EE.UU., es posible que también tenga que demostrar que eras legalmente en los Estados Unidos durante ese período de 30 días. Para obtener más información, póngase en contacto con la oficina más Embajada EE.UU., consulado o la oficina del Seguro Social.

Si usted es un U. S. ciudadano, usted puede recibir sus pagos del Seguro Social fuera de los Estados Unidos, siempre y cuando tenga derecho a ellos.
Sin embargo, hay ciertos países a los que no se nos permite enviar pagos y para ello debe llamar directamente al Seguro Social.

Si usted es un ciudadano de uno de los países citados a continuación, los pagos de Seguro Social le seguirán llegando, no importa cuánto tiempo te quedas fuera de los Estados Unidos, siempre y cuando usted es elegible para los pagos.

• Austria
• Bélgica
• Canadá
• Chile
• República Checa
• Finlandia
• Francia
• Alemania
• Grecia
• Irlanda
• Israel
• Italia
• Japón
• Corea (del Sur)
• Luxemburgo
• Países Bajos
• Noruega
• Polonia
• Portugal
• España
• Suecia
• Suiza
• Reino Unido

Si usted recibe beneficios como dependiente o sobreviviente de un trabajador, requisitos especiales pueden afectar su derecho a recibir pagos del Seguro Social mientras esté fuera de los Estados Unidos. Si usted no es un ciudadano de los EE.UU., usted debe haber vivido en los Estados Unidos por lo menos cinco años. Durante esos cinco años, la relación de la familia en la que se basan los beneficios tiene que haber existido.
Los niños pueden cumplir con este requisito de residencia por cuenta propia o pueden llegar a cumplir el requisito de residencia si el trabajador y el otro padre (si lo hay) que se reúnen. Sin embargo, los niños adoptados fuera de los Estados Unidos no serán pagados fuera de los Estados Unidos, incluso si se cumple el requisito de residencia.

Si usted vive fuera de los Estados Unidos, periódicamente el Seguro Social le enviará
un cuestionario. Esto le permite saber si aún es elegible para los beneficios. Devuelva el cuestionario a la oficina que la envió tan pronto como sea posible. Si no lo hace, sus pagos se detendrán.

Además de responder al cuestionario, hay que notificarle al Seguro Social en Puerto Rico a tiempo sobre los cambios que podrían afectar sus pagos. Si usted no puede informar algo o hacer una declaración falsa, podría ser sancionado con una multa o encarcelamiento. También se podrían perder algunos de sus pagos si no informa los cambios rápidamente.

Si quiere más información , visite a www.segurosocialporincapacidad.com para más detalles sobre la incapacidad del Seguro Social de Puerto Rico. También puede llamar ahora a los abogados de Seguro Social en Puerto Rico para una consulta gratuita al 787-344-9219.  Nada de lo anterior se debe considerar como un consejo legal sino como información general para su conocimiento.

Reclamaciones del Seguro Social por Incapacidad por Autismo

 

abogado de seguro social

abogado de seguro social

Reclamaciones del Seguro Social por Incapacidad sobre la base de Autismo a través de un abogado de Seguro Social

El nivel de gravedad de los trastornos autistas requerida por el Seguro Social se cumple con la presencia de ciertos requisitos. Un médico debe de haber encontrado que el niño tiene:

déficits en la interacción social recíproca
déficit en la comunicación y la imaginación, y
un repertorio restringido de actividades e intereses (no es necesario para el síndrome de Asperger).

Y estas deficiencias deben causar serias limitaciones en al menos dos de los siguientes:

funcionamiento comunicativo / cognitiva
funcionamiento social
funcionamiento personal, y / o
mantener la concentración, la persistencia o ritmo.

El funcionamiento cognitivo y comunicativo del niño se puede medir mediante el uso de pruebas estandarizadas que sean apropiadas para la edad del reclamante y las pruebas especiales para el desarrollo del lenguaje o el desarrollo de los patrones del habla. En cuanto a la medición de la cognición misma, un signo principal de la función limitada es un CI válido (ya sea a gran escala, verbal, o el rendimiento) de 70 o menos.

Funcionamiento social se define por la Administración del Seguro Social en Puerto Rico como la capacidad de un niño para formar y mantener relaciones sociales. Esto incluye las relaciones con los compañeros, padres y otros adultos. Las alteraciones en el funcionamiento social puede dar lugar a una serie de expresiones, incluyendo el comportamiento físicamente agresivo, aislarse socialmente, y hasta el mutismo, mientras que el funcionamiento social sano y fuerte puede ser indicado por la capacidad del niño para formar y mantener relaciones sociales, participar y cooperar con otras individuos y grupos, y responder adecuadamente a las figuras de autoridad (padres y profesores).  Ello debe ser corroborado por los doctores y consultado también con un abogado del seguro social.

Funcionamiento personal se refiere al desarrollo de las habilidades de auto-cuidado (como alimentarse, higiene personal, vestirse, asearse e ir al baño solo y sin ayuda).

La concentración, la perseverancia, y el ritmo es la capacidad de concentrar la atención en una tarea, seguir con ella, y para mantener un ritmo en la tarea que se considera un nivel apropiado para su edad. Esto se mide tanto por la observación del niño y también medido por los resultados obtenidos a partir de las pruebas estandarizadas.

Para más información comuníquese con nuestros abogados de seguro social al 787-344-9219.  Estos están disponibles de lunes a viernes hasta las 5:30 p.m.

¿Qué síntomas médicos me permiten recibir la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico?

Seguro Social Puerto Rico

¿Qué problemas médicos me permiten recibir beneficios por incapacidad en Puerto Rico?

 Ambos problemas médicos físicos y mentales pueden ser clasificados como causantes de una incapacidad para recibir beneficios de Seguro Social. La Administración del Seguro Social tiene un manual de trastornos que pueden ser clasificados como incapacidades en determinadas condiciones, llamado el Listado de Deficiencias, todos los cuales debería discutir con los abogados de seguro social.

Este manual menciona los trastornos en catorce categorías principales

  • Problemas o dolores musculo- esqueléticos
  • Órganos de los sentidos y los trastornos del habla
  • Problemas del sistema cardiovascular
  • Problemas del Sistema Digestivo
  • Problemas del sistema Genito-urinario
  • Problemas del sistema hematológico
  • Problemas de la piel
  • Problemas del sistema endocrino
  • Problemas de los sistemas múltiples del cuerpo
  • Problemas neurológicos
  • Problemas mentales
  • Enfermedades neoplásicas malignas
  • Problemas del sistema inmunológico (Ejemplo, VIH, SIDA)

Cada una de estas categorías tiene varios tipos de trastornos incluidos en ella y entre mas severas sean las condiciones se considerara como un trastorno.

¿Qué tipo de beneficios puedo esperar si el Seguro Social en Puerto Rico me declara incapacitado?

Los beneficios de Seguro Social por incapacidad son beneficios monetarios que se pagan en forma de cheque. Con el Seguro Social por Incapacidad, usted también recibirá Medicare eventualmente. Para información relacionado con esto, es recomendable que se comunique directamente con un abogado de seguro social en Puerto Rico.

¿Qué indicación se utiliza como un factor determinante en un caso de beneficios?

 La Administración del Seguro Social primero verifica el nivel sus ingresos mensuales promedio para ver si son menos que su trabajo sustancial y lucrativo (SGA). Si están por encima de este nivel, el Seguro Social en Puerto Rico usualmente no lo puede clasificar como incapacitado. Entonces, si su ingreso mensual es menor que el nivel del SGA, la Administración examina si su caso es severo. En este paso del proceso es útil contar con una prueba médica que demuestra la gravedad de su trastorno, ya sea físico o emocional. Un trastorno hace que se limiten sus actividades básicas como caminar y recordar que se califica como severo. Si su caso es determinado como severo, la Administración verifica si el trastorno está en la Lista del manual de Impedimentos. Si este se encuentra en la lista su reclamo es aprobado, pero si no lo es, deben determinar que usted no puede realizar el trabajo que hacía antes de lastimarse o cualquier otro tipo de trabajo antes de que le aprueben su caso para obtener beneficios por incapacidad.

Para más información comuníquese con nuestros abogados de seguro social al 787-344-9219 o en la página de www.segurosocialporincapacidad.com

Créditos necesarios para solicitar el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico

Créditos necesarios para solicitar el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico

Oficina Seguro Social Puerto Rico

 La gran mayoría de los abogados de seguro social en Puerto Rico le preguntan en la primera cita si usted tiene los créditos del seguro social para poder incapacitarse.

En términos generales, las reglas son las siguientes para tener los créditos:

Antes de los 24 años – Usted puede calificar si usted tiene 6 créditos obtenidos en el período de 3 años que finaliza cuando se inicia su incapacidad.

Edad de 24 a 31 – Usted puede calificar si usted tiene un crédito para trabajar la mitad del tiempo transcurrido entre los 21 años y el tiempo que se incapacita. Por ejemplo, si usted se incapacita a los 27 años, se necesitaría de crédito por 3 años de trabajo (12 créditos) de los últimos 6 años (entre los 21 y 27)

Edad 31 años o más – En general, es necesario tener el número de créditos de trabajo que aparecen en la tabla de abajo. A menos que usted es ciego, tiene que haber ganado por lo menos 20 de los créditos en los 10 años inmediatamente antes de quedar incapacitado.

No se ganan créditos por el pago de pensiones o de intereses o dividendos de ahorros e inversiones. Usted no paga impuestos de Seguro Social sobre ese tipo de ingresos.

Durante toda su vida, probablemente ganará más créditos que el número mínimo que se necesita para ser elegible para los beneficios. Estos créditos adicionales no aumentan la cantidad de su beneficio. Sus ingresos medios durante sus años de trabajo determinan cuánto será su pago mensual.  Para mayor información, comuníquese con su abogado del seguro social por incapacidad o al Seguro Social en Puerto Rico y conocer en detalle los requisitos para comenzar su solicitud de beneficios por incapacidad.

Si necesita más información sobre la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame a los abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratis sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite las páginas de internet: segurosocialporincapacidad.com y abogadodelsegurosocial.com